Reglamento interno del club Panteres Grogues

Preliminar

Como desarrollo del contenido de los Estatutos del “Club Esportiu Les Panteres Grogues”, y en consonancia con los objetivos y fines por estos definidos, se reseña a continuación el texto que constituirá la ejecución específica de los principios definidos en aquellos.

Artículo 1.- Estructura organizativa del Club

El club se estructura con los siguientes elementos organizativos

1. Junta directiva
2. Secciones
3. Comisiones permanentes y temporales

1. La Junta directiva

El “Club Esportiu Les Panteres Grogues” será gobernado, gestionado y representado por los/las socios/as integrantes de la “Junta directiva”, quien actuará de forma colegiada y de acuerdo con las disposiciones y directrices de la Asamblea, de los Estatutos y del presente Reglamento de Régimen Interno del Club Deportivo.

2. Las Secciones

Una sección agrupa a todos los miembros que participan de una o varias actividades del club. Las secciones pueden tener un régimen de funcionamiento interno que estará supeditado a los Estatutos generales y a este Reglamento de régimen interno.

Cada sección deberá tener un equipo de coordinación, elegido a votación de los miembros de la misma y refrendados por la junta directiva del Club. Este equipo de coordinación también puede ser propuesto por los miembros de la junta directiva.

Cada una de las secciones comparten los objetivos del Club al que pertenecen en cuanto a visibilidad y a ofrecer una alternativa deportiva y / o cultural al colectivo LGTBI, con principios de tolerancia y no discriminatorios de ningún tipo.

3. Las Comisiones

Las Comisiones de trabajo serán creados a propuesta de la Junta directiva para atender necesidades o tareas específicas que así lo requieran, según acuerdo favorable adoptado por la Asamblea o por la propia Junta. Pueden tener carácter temporal o permanente.

Se designará un/a portavoz de las mismas, el/la cual rendirá cuentas periódicamente a la Junta directiva de la evolución de los trabajos asignados y de los recursos económicos empleados en ello, para que ésta incorpore sus informes a la Memoria anual a presentar para su aprobación ante la Asamblea. El trabajo de las comisiones será supervisado por un/a miembro de la junta.

Cada Comisión decidirá la periodicidad y la duración de sus reuniones de trabajo y arbitrará su forma de funcionamiento interno, siempre de acuerdo a reglas democráticas.

Artículo 2.- Facultades de la Junta

Además de las establecidas en los Estatutos del Club:

  • Establecer y dirigir los órganos de gobierno del club, así como los elementos de la estructura organizativa definidos en el artículo 1 de este reglamento interno, para conseguir de la manera más eficiente y eficaz posible los objetivos propios del mismo. En idénticos términos la Junta directiva autorizará las actividades de estos órganos de gobierno. La Junta tendrá la responsabilidad de informar de su creación, disolución y funcionamiento en la siguiente Asamblea.

  • Nombrar a los/las responsables de cada Sección o Comisión de Trabajo, así como a los/las delegados/as para alguna actividad determinada del club.

  • Llevar a término las gestiones necesarias ante organismos públicos, entidades privadas y particulares para conseguir tanto subvenciones y otro tipo de ayudas, como el uso de locales, edificios, y bienes muebles o inmuebles. La firma de convenios, contratos, etc, se incluyen en este punto.

  • Resolver provisionalmente cualquier situación no prevista en los Estatutos ni en el Reglamento de Régimen Interno y dar cuenta de ello en la primera Asamblea del club que tenga lugar.

  • Cualquier otra facultad que no sea atribuida de forma específica a ningún otro órgano del Club Deportivo o que no haya sido delegada expresamente y que tenga relación con el funcionamiento del club.

  • Velar porque estén al día y en correcto funcionamiento los medios de divulgación e información que se acuerdan en las Asambleas y reuniones del club, tanto sean página web, correo electrónico, Facebook, Twitter o lo que se disponga. Así mismo delegar la ejecución

de esta función en los equipos de coordinación de las secciones y en

las correspondientes comisiones creadas para tal efecto.
• Formar y dirigir la reunión de coordinadores/as y velar por su correcto funcionamiento.

Artículo 3.- Requisitos para reunir la condición de socio/a del “Club Esportiu Les Panteres Grogues”.

Para ser miembro del “Club Esportiu Les Panteres Grogues” se requiere cumplir con las condiciones establecidas tanto por sus Estatutos (capitulo segundo, artículo 6) como por el presente Reglamento de Régimen Interno.

En general comporta estar al corriente de las cuotas de socio/a del Club y el correspondiente pago del seguro para poder participar de las actividades de la/s sección/es en las que se esté implicado.

La cuota de pertenencia en el club son renovables cada año natural.

Además de la cuota de miembro, el/la socio/a también debe tener una licencia federativa para el/los deportes que practica en el club. En caso que no lo tenga, se le cobrará el importe del seguro de accidentes que tiene contratado el club con una aseguradora que cubre los mismos requisitos. (Artículo 62.4 de la Llei d’Esport (DL 1/2000)). El cobro de las cuotas y seguro de accidentes se cobran mediante domiciliación bancaria a partir del 1 de enero y tienen validez hasta el 31 de diciembre del mismo año.

Artículo 4.- Socios/as miembros del club.

1. El socio/a.

Se considera socio/a a todo aquel/la que pertenece por derecho propio al “Club Esportiu Les Panteres Grogues”, que está al corriente de la cuota estipulada, que forma parte de la estructura informativa y que acude a las actividades propias de la sección a la que pertenece, según estipulado en los estatutos, capítulo segundo, artículo 6.

Todo socio/a tendrá un carnet de miembro del club, el cual será utilizado para identificarse a todos los efectos, incluso para poder disfrutar de las ventajas que aporta la membrecía del club. Este carnet se renueva cada año natural, conjuntamente con la condición de socio. Estas ventajas serán las que ofrecen las empresas con las que el Club establece ciertos acuerdos comerciales, las entradas en condiciones preferentes a todas las actividades que organice el club y cualquier otra ventaja de la que puedan disfrutar los socios/as.

2. El/la simpatizante.

Se considera simpatizante todo aquel/la que, no siendo socio/a, forma parte de la estructura informativa y que recibe las notificaciones, informaciones y novedades del club. El/la simpatizante podrá participar de forma puntual en las actividades públicas de la sección siempre y cuando la persona esté cubierta por un seguro que cubra los posibles accidentes derivados de dicha actividad. Puede proponer pero no organizar actividades.

3. El/la participante.

El/la participante es aquel/la socio/a o simpatizante que asiste a una actividad, y que debe aceptar las condiciones estipuladas para su ejercicio, desde el momento en que se apunta y hasta que la finaliza.

Artículo 5.- Pérdida de la condición de miembro del club.

Con arreglo a lo previsto en los Estatutos del “Club Esportiu Les Panteres Grogues”, se perderá la condición de miembro del club por cualquiera de las siguientes causas:

  1. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y deberes que le incumben como tal, previstas en el Art. 6 de los Estatutos del “Club Esportiu Les Panteres Grogues”.

  2. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y deberes que le incumben como tal, previstas en el presente Reglamento de Régimen Interno.

  3. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y deberes que le incumben como tal, previstas en el Reglamento de Régimen Interno de la sección en el que participa.

  4. Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta directiva del club.

Artículo 6.- Derechos de los miembros del club.

Además de los previstos en los Estatutos del “Club Esportiu Les Panteres Grogues”, serán derechos de sus miembros los siguientes:

  1. Participar en las actividades que constituyan el objeto de la/s sección/ es en que se esté implicado/a.

  2. Poder presentarse y ser elegido/a en las diferentes comisiones y equipos de coordinación que se creen en el club.

Artículo 7.- Deberes de los miembros del club.

Además de las obligaciones previstas en los Estatutos del “Club Esportiu Les Panteres Grogues”, deberes de sus miembros serán los siguientes:

1. Comprometerse con los fines de la/s sección/es en que se esté implicado.

  1. Asistir a las asambleas del club y a las reuniones periódicas de las Secciones y/o Comisiones de las que formen parte.

  2. Cumplir los deberes que resulten de las normas legales, estatutarias y reglamentarias, en su caso.

  3. Cumplir los acuerdos de la Asamblea General y las disposiciones que señale la Junta Directiva para llevarlos a término.

  4. Mantener la colaboración que sea necesaria para el buen funcionamiento del club.

Artículo 8.- Asamblea de miembros del “Club Esportiu Les Panteres Grogues”.

La Asamblea del club (en adelante Asamblea) constituye el órgano supremo de gobierno del club y estará integrada por todos sus miembros.

Todos los miembros deberán acatar y cumplir los acuerdos alcanzados en la Asamblea, incluyendo los ausentes, los que discrepen y los presentes que se hayan abstenido de votar, siempre que estos acuerdos hayan sido adoptados de acuerdo con las leyes, los Estatutos y el presente Reglamento de Régimen Interno.

Artículo 9.- Impugnación de acuerdos.

Son impugnables los acuerdos contrarios a las leyes, los Estatutos y al Reglamento del Régimen Interno del club, así como los que lesionen los intereses del club en interés de uno o más socios. Están legitimados para impugnar estos acuerdos los socios. La acción caduca al año de haberse adoptado el acuerdo.

También están legitimados para impugnar cualquier otro acuerdo, a parte de los mencionados en este mismo artículo, los socios que hayan sido privados ilegítimamente de su derecho de voto y el presidente de la Asamblea. Esta acción caduca a los cuarenta días de haberse adoptado el acuerdo.

Las impugnaciones se presentarán en la Secretaría del Club Deportivo, mediante escrito dirigido a la Junta Directiva. Ésta deberá contestar también por escrito en el plazo máximo de un mes desde su recepción. Si la Junta aceptase la impugnación, el acuerdo quedará en suspenso hasta la próxima Asamblea General del Club Deportivo. Si no la aceptase, quien impugnase deberá mantener su impugnación mediante los medios que legalmente prevé el ordenamiento jurídico.

Artículo 10.- Régimen disciplinario del club.

El régimen disciplinario de los/las socios del “Club Esportiu Les Panteres Grogues” estará dirigido a garantizar y conseguir una actividad deportiva y/o cultural ordenada, de manera que se estimule el sentido de responsabilidad y la capacidad de autocontrol.

El régimen disciplinario se aplicará a todas las personas que participen en las actividades del club.

La potestad disciplinaria se ejercerá por la Junta Directiva del “Club Esportiu Les Panteres Grogues”, en cumplimiento de lo dispuesto por los Estatutos del Club Deportivo y del presente Reglamento de Régimen Interno.

Artículo 11.- Determinación de las sanciones en la práctica de las actividades del club.

I.- INFRACCIONES MUY GRAVES:

  1. Abuso de Autoridad por parte de los/as miembros de la Coordinación de alguna sección o de la junta directiva del Club.

  2. Ingestión de drogas o estimulantes prohibidos, en el caso de competición deportiva o cualquier tipo de actividad organizada por el Club.

  3. La agresión física y/o verbal manifiesta entre socios y demás personas que participan y colaboran en las actividades, o están en el entorno donde se realizan las mismas.

  4. Comisión de un delito o falta grave tipificada en el código penal, durante el transcurso de una actividad.

  5. No respetar las sanciones impuestas por alguna de las faltas.

  6. La comisión de dos faltas graves en un año natural.

II.- INFRACCIONES GRAVES:

  1. Actos notorios y públicos que atenten a la dignidad del Club y de cualquiera de sus integrantes.

  2. Incumplir lo acordado en la Asamblea del club.

  3. Incumplir cualquier responsabilidad encomendada para el buen

    funcionamiento del club.

  4. Por la comisión de tres faltas leves en un mismo año.

III.- INFRACCIONES LEVES:

  1. No hacer buen uso del material del Club.

  2. Incumplir con el reglamento interno de la sección y/o con las normas

    aprobadas por los participantes de la sección en la que se participe.

  3. El/la que con su actitud menoscabe el buen nombre del “Club Esportiu

    Les Panteres Grogues”.

Artículo 12.- Sanciones en la práctica de las actividades del club.

I.- Por la comisión de faltas muy graves podrán imponerse las siguientes sanciones:

1. Expulsión del club.

  1. Suspensión por un período de hasta un año de toda actividad en el club.

  2. Anulación y devolución de todas las bonificaciones y premios con que el club y/o la sección obsequie a los/las Socios/as en ese año.

II.- Por la comisión de faltas graves podrán imponerse las siguientes sanciones:

  1. Suspensión por un período de hasta un año de toda actividad en el club.

  2. Anulación y devolución del 50% de las bonificaciones y premios con que el club y/o la sección obsequie a los/las Socios/as ese año.

III.- Por la comisión de faltas leves podrán imponerse las siguientes sanciones:

  1. Suspensión por un período de hasta seis meses de toda actividad en el club

  2. Restitución del material del club cuando no se hace buen uso del mismo.

  3. Amonestación.

  4. Anulación y devolución de alguna bonificación o premio con que el

    Club y/o la sección obsequie a los/las Socios/as ese año.

Artículo 13.- Procedimiento Sancionador.

Para todo lo relacionado con la iniciación, instrucción, resolución y ejecución del procedimiento sancionador se estará a lo dispuesto en los Estatutos del Club Deportivo.

Artículo 14.- Federación.

Los/las socios/as que estén interesados/as en tramitar la licencia federativa por el club deberán estar al día en el pago de la cuota anual del club.

Artículo 15.- Exención de responsabilidad.

Los/as socios/as del “Club Esportiu Les Panteres Grogues” están exentos de responsabilidad personal. Su responsabilidad quedará limitada a cumplir los deberes que les imponen los Estatutos y el presente Reglamento de Régimen Interior, y los que ellos/as mismos/as hayan contraído voluntariamente.

Artículo 16.- Sobre las secciones.

Equipo de coordinación de una sección.

La sección debe contar con un Equipo de Coordinación, que es el responsable máximo de la sección. Este estará integrado por al menos dos

personas socias de las cuáles una será la persona de referencia tanto para el Club como para los/as socios/as que participan en la sección. Ante cualquier incidencia que afecta al conjunto del club debe informar al responsable de las secciones masculinas/femeninas, según sea el caso y en última instancia de la Junta directiva del Club y su presidente.

El equipo de Coordinación actuará de forma colegiada y de acuerdo con las disposiciones y directrices de la Reunión de socios de la sección, de los Estatutos y del presente Reglamento de Régimen Interno del Club Deportivo, así como del reglamento interno de la sección.

Para el correcto desarrollo de estas competencias, El equipo de coordinación puede hacerse ayudar por los/as socios/as según como convenga y se organice.

Los miembros del equipo de coordinación serán siempre voluntarios/as.

Permanencia en el cargo de los miembros del Equipo de Coordinación.

Los miembros del Equipo de coordinación serán elegidos/as para el cargo y, en su caso, revocados/as del mismo, por la Reunión de la sección. La junta directiva del club dará su aprobación al Equipo de coordinación elegido por la Reunión de la sección. Su mandato tendrá una duración de un año e iniciarán el ejercicio de sus funciones previa aceptación expresa del mismo.

Será responsabilidad de la Junta directiva del Club llevar a cabo el proceso electoral para la selección del Equipo de Coordinación de todas las secciones del Club. Para ello se constituirá una comisión electoral en caso de ser necesario, sobre todo cuando haya más de una candidatura para la elección del equipo de Coordinación, formada por uno o más miembro de la Junta directiva del Club y miembros de la sección.

Los miembros elegidos como cargos del Equipo de coordinación podrán causar baja en los mismos por:

  1. Renuncia voluntaria, la cual deberá ser comunicada por escrito al mismo Equipo de Coordinación con una anticipación de un mes, período necesario para que otro miembro pueda ser elegido para relevarle en el cargo.

  2. Causar baja como socio/a del Club.

  3. Enfermedad que incapacite para el cargo.

  4. Expiración del plazo para el que fueron elegidos/as.

  5. Sanción disciplinaria adoptada por el propio Equipo de Coordinación de

    la sección, por incumplimiento de las obligaciones para las que fueron elegidos/as, previo expediente contradictorio que seguirá las pautas reseñadas en los Estatutos del Club para los mismos casos en la pérdida de la condición de socio/a.

Las vacantes que se produzcan en la Coordinación se cubrirán en la primera Reunión que se celebre. Mientras tanto, otro miembro podrá ocupar provisionalmente el cargo vacante, con voz pero sin voto, previa aceptación de los miembros restantes del Equipo de Coordinación y hasta su ratificación, si así lo considerase la siguiente Reunión de la sección. Para el caso de imposibilidad de los/las restantes integrantes del equipo de Coordinación, será el miembro de más antigüedad como socio/a del Club quien asumirá tales atribuciones hasta el retorno de alguno de los/las anteriores.

Tareas del equipo de coordinación de la sección.

Serán responsabilidades del Equipo de coordinación de una Sección del “Club Esportiu Les Panteres Grogues”, las siguientes:

  1. Asistir a las reuniones de la Comisión Deportiva en representación de la sección y estar al día de las novedades del Club.

  2. Coordinarse con el/la responsable de las secciones masculinas/ femeninas del Club y acatar y aplicar las decisiones aprobadas por la Junta del Club.

  3. Comunicar a los/as socios/as las informaciones y novedades importantes relativas al Club y al resto de secciones del mismo.

  4. Redactar la memoria anual de la sección exigida por el Club.

  5. Informar a los/as socios/as de cualquier necesidad informativa que

    tengan del club o de la sección.

  6. Actualizar la página de la sección en la web de Panteres Grogues.

  7. Llevar el registro de socios/as y participantes en la sección.

  8. Acoger a los/as nuevos/as socios/as y velar por su integración en el

    grupo.

  9. Llevar el mail de la sección y proporcionar información sobre la misma.

  10. Moderar el/los grupo/s que se creen a través de las diferentes redes

    sociales para la comunicación con los miembros de la sección como

    por ejemplo: Páginas y/o grupos de Facebook y grupos de Whatsapp

  11. Coordinar la organización de torneos y actividades.

  12. Ayudar a los/as colaboradores/as en sus tareas de apoyo.

  13. Ante cualquier incidente, el Equipo de coordinación es el máximo

    responsable y por tanto, quién debe decidir en última instancia cómo

    proceder.

La figura del/la tesorero/a de la sección.

El/la tesorero/a es la persona encargada de velar por la claridad y la transparencia de las cuentas de la sección. Es el/la responsable máximo/a de las cuentas de la sección y quién debe rendir cuentas ante el Club. Ante cualquier duda, puede solicitar ayuda o apoyo al tesorero/a del Club.

La figura de los/as colaboradores/as de la sección.

  • El/la colaborador/a puede prestar su ayuda a la sección de diferentes maneras: llevando convocatorias, colgando informaciones en Facebook, ayudando en la organización de torneos, la liga, etc., siempre por delegación del Equipo de coordinación.

  • El/la colaborador/a no tiene un nivel de implicación tan elevado como los miembros del equipo de coordinación, y tampoco se le exige el mismo nivel de conocimientos sobre el funcionamiento del Club.

  • Debe tener una actitud igualitaria con todas los/as socios/as y procurar la integración y cohesión del grupo. Ante cualquier duda, debe solicitar ayuda o apoyo al Equipo de coordinación.

  • El/la colaborador/a debe conocer las normas de organización interna de la sección y comprometerse a respetarlas.

  • El/la colaborador/a puede aportar ideas y propuestas de mejora a la sección, pero en ningún caso tomará por su cuenta y riesgo decisiones que afecten a la sección sin la aprobación del Equipo de coordinación.

  • El/la colaborador/a pueden ser fijos/as o puntuales. En cualquier caso, deben informar de su disponibilidad al Equipo de coordinación por el bien de la organización de la sección.

    La Reunión General de la sección

    La Reunión General de una sección se debe convocar por lo menos una vez al año y durante la temporada en el que la sección tiene su mayor actividad. Los puntos que se deben tratar como mínimo son los siguientes:

  1. presentación de las diferentes candidaturas al equipo de coordinación.

  2. presupuesto del año en curso

  3. informe sobre las actividades regulares y/o extraordinarias que hayan

    sido organizadas durante el año en curso.

El reglamento de Régimen Interno de la sección

La sección puede redactar un reglamento interno para mejorar y fomentar la transparencia en la gestión de la misma. Este reglamento nunca puede contradecir elementos ya recogidos en las leyes, los estatutos del club ni el Reglamento General del Club.

Artículo 17.- Sobre las Comisiones

La Comisión de secciones

Esta comisión tiene como objetivo de reunir a todos/as los/as coordinadores/ as de las secciones del club para transmitir información entre todas las secciones y la junta. Se reúne a petición de la junta. Al iniciar la reunión se designará a una persona que redacte el acta de la misma. Por defecto será el/la secretario/a del club. En caso de ausencia del/la mismo/a se elegirá entre los/as asistentes en la reunión.

Artículo 18.- Sobre los voluntarios

A raíz de la Llei 25/2015, del 30 de juliol, del voluntariat i de f oment de l’associacionisme del Parlament de Catalunya, todos/as los/as voluntarios/ as, antes de empezar sus tareas de voluntariado, deben estar registrados/as y censados/as estableciendo las funciones que realizan, las horas de dedicación, duración, derechos y deberes.

Artículo 19.- Sobre las Redes Sociales

La webs oficiales de Panteres Grogues (panteresgrogues.cat, panterersports.cat y donasport.cat) así como las páginas que representan al club en las diferentes redes sociales como Facebook, Twitter, Instagram, Pinterest y el canal de Youtube, y las listas de distribución por email son las vías de comunicación oficiales del club con sus miembros. El contenido que se publique a través de estas vías deberá ser actualizado por unos/as responsables determinados/as a tal efecto, y siempre deberá ser aprobado por la Junta Directiva.

La apertura de cualquier canal nuevo en cualquier forma electrónica siempre debe ser supervisado y aprobado por la Junta Directiva.

¡TE ESPERAMOS!
Carrer Floridablanca, 143. Barcelona.

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